El proyecto de ley que busca crear la Dirección Nacional de Inteligencia, obligará, bajo la pena de aplicar sanciones, a todas las dependencias del Estado, instituciones privadas y personas, a entregar las informaciones que ese organismo necesite para cumplir con sus funciones de salvaguardar la seguridad nacional.
En consecuencia, serían castigados con prisión correccional de seis meses a dos años, y una multa de 100 a 150 salarios mínimos vigentes, quienes se nieguen a entregar las informaciones a la Dirección de Inteligencia. La penalidad se aplicaría conforme al artículo 88 de la Ley 172-13 que tiene por objeto la protección integral de los datos personales asentados en archivos, registros públicos, bancos de datos u otros medios técnicos de tratamiento de datos destinados a dar informes, sean estos públicos o privados.
Esa penalidad es un punto nuevo, puesto que hasta ahora las instituciones ofrecían las informaciones a modo de colaboración, pero no había sanciones en caso de no hacerlo.
Sigfrido Pared Pérez, director del DNI hasta el 16 de agosto de 2020, asegura que la ley enviada por el Poder Ejecutivo al Congreso no tiene nada que ver con el control de acciones ilícitas de espionaje y violación de derechos fundamentales del DNI a la ciudadanía, como afirmó el consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta.
Pared Pérez entiende que actividades como intervenciones telefónicas sin la orden de un juez, siempre han sido ilegales. Explica que, desde la promulgación de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, 139-13, el DNI se separó del Ministerio de Defensa.